Han sido
cinco meses de intensas negociaciones entre el Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad y el Foro de la Profesión Médica
(FPME), en el que están integrados el Consejo General de Colegios
Oficiales de Médicos (CGCOM); Federación de Asociaciones
Científico-Médicas Españolas (FACME); Confederación Estatal de
Sindicatos Médicos (CESM); Consejo Nacional de Especialidades en
Ciencias de la Salud (CNECS); Conferencia Nacional de Decanos de
Facultades de Medicina (CNDFM); y Consejo Estatal de Estudiantes de
Medicina (CEEM).
“Todos hemos hecho un gran esfuerzo para llegar a un consenso y, si la profesión médica y también enfermería hemos podido, los políticos también pueden y deben llegar a un acuerdo para realizar los cambios precisos para mantener, a toda costa, el modelo de Sistema Nacional de Salud que hemos conocido hasta ahora, un modelo universal que responde a las necesidades sanitarias de los españoles”.
“Todos hemos hecho un gran esfuerzo para llegar a un consenso y, si la profesión médica y también enfermería hemos podido, los políticos también pueden y deben llegar a un acuerdo para realizar los cambios precisos para mantener, a toda costa, el modelo de Sistema Nacional de Salud que hemos conocido hasta ahora, un modelo universal que responde a las necesidades sanitarias de los españoles”.
Así lo ha
expresado el presidente del CGCOM, Dr. Juan José Rodriguez Sendin,
en la firma de este acuerdo que tiene como premisa el Pacto por la
Sanidad para evitar que ésta “sea objeto de confrontación
partidista” y para que el SNS “sea defendido entre todos como uno
de los pilares básicos del Estado del Bienestar”.
Este acuerdo
está basado, precisamente, en “garantizar plenamente una
asistencia sanitaria pública, gratuita, universal, equitativa, de
calidad, financiada mediante impuestos y cuya gestión de se
desarrolle conforme plenamente a lo establecido en la Ley General de
Sanidad”.
Además, se
trata de “garantizar, en el contexto actual, las condiciones
básicas de los profesionales dentro del SNS, que sean competencia
del Estado, según la legislación vigente” y “definir un modelo
de financiación estable, suficiente, respetuoso con el principio de
estabilidad presupuestaria y consolidación fiscal y que sea
coherente con los principios de cohesión territorial, igualdad y
equidad en el acceso a las prestaciones”.
El acuerdo
incluye el establecimiento y desarrollo de “procedimientos ágiles,
que permitan compensaciones por asistencia a los Servicios de Salud
cuando estos atiendan a residente de otras CC.AA”, así como “un
sistema eficaz de facturación a terceros, tanto a nivel nacional
como internacional, sin perjuicio de las prestaciones de salud
pública, atención urgente y en situaciones de alto riesgo, atención
maternal y a menores a las que tienen derecho los extranjeros en
situación irregular”.
Otro de los
puntos del acuerdo hace referencia a la necesidad de “garantizar la
calidad de los servicios públicos”, sujeta a control público y
con participación médica y establece que la contratación con
instituciones o centros privados se lleve a cabo “con los
requisitos, condiciones y estándares de calidad previstos en la Ley
General de Sanidad, y normativas de contratación pública y
disposiciones de desarrollo, optimizando siempre los recursos propios
del sistema sanitario público”.
Este acuerdo
histórico incluye, además de los puntos sobre el Pacto por la
Sanidad, otro apartado referido a la ordenación profesional y un
tercero que sienta las bases para desarrollar el marco normativo que
permita la regulación e implementación de las Unidades de Gestión
Clínica (UGC).
Para
establecer estas bases, el acuerdo parte de que la Gestión Clínica
es entendida como “un modelo asistencial integrador, colaborativo y
multidisciplinario que busca la mejora de la eficiencia y la calidad
de la práctica clínica mediante la cual los médicos se
responsabilizan en la gestión de los recursos utilizados en su
ejercicio profesional, organizando y coordinando las actividades que
se genera en torno a cada proceso asistencial”.
Con este
modelo de gestión clínica se persiguen tres objetivos: impulsar una
forma de organización que oriente la actividad hacia el proceso
asistencial y a la atención integral del paciente; motivar a los
médicos mediante su implicación en la gestión de los recursos de
la unidad o servicio al que pertenecen; y poner en valor nuevos
valores y competencias esenciales para impulsar un renovado
profesionalismo médico.
La
implementación del modelo de gestión clínica, según se especifica
en el acuerdo, constará de dos áreas fundamentales, desde el punto
de vista legislativo: una abarca la creación, constitución,
financiación y estructura de estas Unidades; y otra, sobre la
incorporación de recursos humanos al nuevo modelo de gestión
clínica.
Asimismo, se
establecen dos niveles de actuación: uno, el ámbito estatal, desde
el que se procederá a la correspondiente modificación y/o
adaptación de los preceptos correspondientes, que son parte de la
legislación básica estatal, si fuera necesario. Y otro, desde el
ámbito autonómico, facilitando las modificaciones normativas que
las CC.AA. pudiesen incorporar, en el ámbito de sus respectivas
competencias, para dar viabilidad a esta propuesta.
En cuanto a
la ordenación profesional, el acuerdo establece que la relación y
vinculación jurídica del médico en el ámbito del SNS debe
permitir que el médico ocupe un papel fundamental en la gestión y
gobernanza del SNS para avanzar en la eficiencia, seguridad y calidad
de la asistencia sanitaria.
Se contempla
que el desarrollo de la gestión clínica desde sus diferentes
vertientes ha de estar en línea con lo previsto en la Ley de
Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), siendo éste el
modelo a seguir. Y, asimismo, se considera que una adaptación del
Estatuto Marco, con el objeto de vincularlo con la LOPS, donde ya se
prevé la existencia de este modelo de gestión, debe ser el camino
que permita a los profesionales que lo deseen incorporarse a las
Unidades de Gestión Clínica (UGC), que las CC.AA. constituyan.
En este
apartado, el acuerdo establece, además la promoción del empleo
médico como uno de los ejes centrales de las políticas sanitarias y
de la gestión de los recursos humanos en el SNS.
Respecto a la
troncalidad, contemplada en este bloque, se acuerda apoyar el
proyecto normativo que la regula. Asimismo, se indica la
flexibilización del catálogo de especialidades, posibilitando la
reespecialización (dentro del mismo tronco) y la más alta y
ampliada distinción competente de los profesionales a través de las
áreas de capacitación específicas (ACE).
En el acuerdo
también se contempla el Desarrollo Profesional (DP), definido como
el proceso al que se compromete el médico para mantener y mejorar la
competencia profesional, obteniendo por ello el reconocimiento de la
propia profesión, de la sociedad y de las instituciones de las que
forma parte.
Este marco,
entendido siempre como potenciador de las mejores y más actualizadas
prácticas médicas, debe inscribirse en el SNS de modo que sea útil
a todas las partes implicadas (Administraciones, empleadores y entes
profesionales), en coherencia con la Ley de Cohesión y Calidad del
SNS y con la LOPS.
En este
apartado, también se acuerda que se promoverá a través del CISNS
la aplicación, en el ámbito de las competencias de las CC.AA., de
la homogeneización de criterios en modelos retributivos.
Respecto a
los registros profesionales, se establece que respetará los fines y
funciones que corresponden legalmente a los Consejos Generales de las
profesiones sanitarias. Así, la relación de estos Consejos con el
Registro Estatal se regirá por los principios de máxima y leal
cooperación y colaboración institucional.
En
representación del Foro de la Profesión Médica, el Dr. Juan José
Rodriguez Sendin ha expresado su confianza en el desarrollo de este
acuerdo histórico que el 30 de julio firmó ante el Presidente del
Gobierno, Mariano Rajoy, como testigo y ha manifestado la disposición
del colectivo médico a “seguir garantizando la mejor asistencia a
los enfermos porque esa es nuestra razón de ser”.