Dr. Pedro Pablo Iglesias Dorado. |
¿Quiénes
somos los APD?
Los APD
(Asistencia Pública Domiciliaria), tienen su origen en el antiguo
Cuerpo de Funcionarios Técnicos del Estado al servicio de la
Administración Local, cuya primera regulación se remonta al
Reglamento de 15 de enero de 1831, al que se accedía por una dura
oposición nacional. Dependientes orgánicamente de la Dirección
Provincial de Sanidad correspondiente, que dotaba de exiguos medios
para ejercer su función.Jefe Local de Sanidad del municipio, que
debía facilitar el local y vivienda para ejercer sus funciones, que
solía coincidir en La Casa del Médico, teniendo la obligación de
residir en el mismo.
Con múltiples
funciones, fundamentalmente de salud pública y preventivas, como las
campañas de vacunación oficial; el reconocimiento médico escolar
anual; velar por la salubridad del municipio, de la potabilidad del
agua de consumo, debiendo analizar la misma por procedimientos
químicos (test de ortotolidina) y reportar a Sanidad un parte
semanal; de la cédula de habitabilidad de todas las viviendas y
construcciones del municipio; de inspeccionar los establecimientos de
servicios públicos, cómo bares, restaurantes, tiendas de
comestibles, industrias, etc, con periodicidad anual, reconocer y
“tallar” a los “quintos”, que posteriormente realizarían el
Servicio Militar obligatorio, y de atender gratuitamente a la
población inscrita en el registro de beneficencia, única labor
asistencial incluida en sus funciones hasta que la Ley General de la
Seguridad Social, en su artículo 115.1 del texto refundido del Real
Decreto 2065/1974, de 30 de mayo, adscribe a los Médicos titulares
la asistencia sanitaria de los afiliados a la Seguridad Social
residentes en su municipio, desempañando las funciones de Médico
General, con una atención sanitaria las 24 horas del día, los 365
días del año, hasta que la extensión del actual modelo de Atención
Primaria, con la creación de los Centros de Salud rurales, cabeceras
de sus respectivas Zonas Básicas de Salud, concentraron la atención
de Urgencias.
Los APD hemos
tenido una doble dependencia: de la Consejería de Sanidad
correspondiente, de la que dependemos orgánicamente, y del INSALUD,
mientras dependía la asistencia sanitaria del Estado, dando lugar a
un proceso de integración progresivo al nuevo modelo de Atención
Primaria, RD 137/84, de 11 de enero, de Estructuras Básicas de
Salud, que en Madrid culminó con la Orden 389/1989, de 13 de
noviembre, por la que se dispone la incorporación en los Equipos de
Atención Primaria de los Titulares de los Cuerpos Sanitarios Locales
(médicos y practicantes, pasando las matronas a ser personal del
área sanitaria), lo que supuso nuestra integración funcional en
los EAP, y la extensión del nuevo modelo de AP a todo el medio rural
de la CM. Situación parecida ha argumentado recientemente la
Administración Sanitaria Andaluza refiriendo que "en nuestro
ámbito, ya se ha producido la integración de estos funcionarios, si
bien sólo a efectos funcionales y retributivos, pero conservando su
condición funcionarial" por lo que “la integración de
médicos APD y de Cupo y Zona como estatutarios está
suspendida”.
El Real
Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para
garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar
la calidad y seguridad de sus prestaciones ha generado preocupación
e incertidumbre en funcionarios que trabajamos para las distintas
administraciones sanitarias del Estado, incluida la Comunidad de
Madrid, afectando es este caso a un total de 464 profesionales, a
fecha de la publicación del Plan de Ordenación de Recursos Humanos
de la CM del pasado 25 de marzo, de los cuales 214 médicos, y 50
Médicos Titulares de APD (de los cerca de 2.000 en todo el Estado).
En los EAP
ocupamos una plaza que depende orgánicamente de la Consejería de
Sanidad, no de la Dirección Asistencial. Somos Técnicos Superiores
de Salud Pública, escala Médicos, para Función Pública.
Anteriormente Médicos Funcionarios del Estado al servicio de la
Administración Local, que accedimos a la plaza mediante Oposición
del Ministerio de Sanidad, siendo la última convocatoria en 1986,
posteriormente transferidos a las Comunidades Autónomas, siendo en
1988 a la Comunidad de Madrid, cuando le fueron transferidos los
servicios de Salud Pública desde el Estado. Sin embargo esta
condición nos ha excluido de poder participar en los concursos de
traslados de plazas de médicos de EAP, siendo un proyecto fallido el
Decreto 8/2007, de 1 de febrero, del Consejo de Gobierno de la CM,
por el que se regula el proceso voluntario de integración en el
régimen estatutario del personal laboral y funcionario que presta
sus servicios en las instituciones sanitarias del Servicio Madrileño
de Salud, que no llegó a desarrollarse de manera que pudiera haber
contribuido a la igualdad de derechos y obligaciones de todos los
trabajadores de nuestra Sanidad Pública.
El citado
Real Decreto-ley 16/2012, con posterior Corrección de errores, de 20
de abril, propone las siguientes medidas en su «Disposición
adicional decimosexta. Integración del personal funcionario al
servicio de instituciones sanitarias pública: 1. Los médicos,
practicantes y matronas titulares de los servicios sanitarios locales
que presten sus servicios como médicos generales, practicantes y
matronas de los servicios de salud, y el resto del personal
funcionario que preste sus servicios en instituciones sanitarias
públicas, dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2013 para
integrarse en los servicios de salud como personal estatutario fijo.
A tal fin, las comunidades autónomas establecerán los
procedimientos oportunos. 2. En caso de que este personal opte por
permanecer en activo en su actual situación, en los cuerpos y
escalas en los que ostenten la condición de personal funcionario,
las comunidades autónomas adscribirán a este personal a órganos
administrativos que no pertenezcan a las instituciones sanitarias
públicas, conforme a las bases de los procesos de movilidad que, a
tal fin, puedan articularse.»
El desarrollo
de esta norma estatal corresponde a las CCAA, que tienen transferidas
la Sanidad, disponiendo hasta la fecha sólo del Plan de Ordenación
de Recursos Humanos de la CM, anteriormente mencionado, y que no
aclara muchas incertidumbres: respeto por derechos consolidados (que
el RD 16/2012 dice que se respetarán), posible inconstitucionalidad,
posible modificación del objeto del ejercicio de la profesión en
los que no se integren, cambio del régimen de cotización,
actualmente a MUFACE la mayoría, por el de la Seguridad Social...
Diversas
instituciones, Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid, OMC,
sindicatos (AMYTS, CESM) se han manifestado en contra de este Real
Decreto, incluyendo algunas CCAA, colectivos de profesionales
afectados, cómo recientemente en la Comunidad de Madrid, presentando
recursos de inconstitucionalidad, cómo el que presentó nuestro
sindicato recientemente, que nos convocó a una reunión a los
médicos de cupo y APD el pasado 7 de febrero, para informarnos y
coordinar actuaciones en toda España.
En este RD
figuran tales disparates cómo que quien no opte por la integración
dejará de realizar las funciones que viene realizando toda su vida
profesional, tras oposición, concursos de traslados, opción de
integración funcional en los EAP,... “Las CCAA adscribirán a este
personal a órganos administrativos que no pertenezcan a las
instituciones sanitarias públicas...”. Ejemplo de arbitrariedad
administrativa irresponsable e indigna de un Estado de Derecho.
Ciertamente
que tenemos el honor de pertenecer a un profesión eminentemente
vocacional, que pese a recibir palos día tras día: reducción de
días libres ganados con nuestro esfuerzo y sacrificio, no regalados,
reducción de salario, no reconocimiento de la Carrera Profesional,
presión asistencial sin límites, burocratización, proyecto de
privatización,... seguimos trabajando cada día, actualizando
conocimientos, dedicando nuestro tiempo libre a la formación o a
completar tareas asistenciales, etc., etc. Teniendo el premio de la
buena valoración de la población a la que servimos en todas las
encuestas que se vienen realizando, siendo el servicio público más
valorado. Pero somos vulnerables, trabajando en condiciones muy
duras, que deja a muchos compañeros “tocados” (burn out
creciente) y también necesitamos y merecemos el reconocimiento y
respeto de la administración a la que servimos, respetando derechos
adquiridos y no atropellando derechos fundamentales.
Pedro Pablo
Iglesias Dorado
Médico de
Familia
Centro de
Salud S. Juan de la Cruz
Pozuelo de
Alarcón